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Sep 02/2019

Tengo que declarar impuestos, pero... ¿qué puedo deducir?

Lo sabemos, pagar impuestos puede ser un dolor de cabeza. Pero no te preocupes porque si haces bien las cosas, puedes hasta pagar menos de lo que crees.

Consultamos directo con tu muy estimado Servicio de Administración Tributaria (SAT, pa’los cuates) para entender cómo hacerlo y cuáles son los servicios y productos que puedes deducir.

Checa esta guía básica para entender qué puedes deducir y cómo hacerlo. Peeeero, antes: tuvimos un live súper interesante con La Hora SAT, y las morras nos explicaron muchísimas cosas sobre declaraciones, impuestos, los “atajos” del SAT y muchos otros términos que pueden ser confusos. Échale oclayo:

 

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Ahora sí: ¡’ámonos recio, Ricky!

¿Qué son las deducciones de impuestos?

Si eres persona física tienes derecho a las deducciones personales, es decir, todos aquellos gastos que tienes puedes disminuir o descontar de tus ingresos totales para así reducir los impuestos que debes pagar como parte de tu declaración anual.

¡Wait! Si todavía tienes dudas sobre personas físicas y morales y cómo darte de alta, declarar y facturar, acá te tenemos una guía detallada (y sencilla).

¿Quiénes pueden presentar una deducción personal?

Todas las personas físicas sin importar su régimen de afiliación.

¿Cuándo se presenta?

Cuando lo requiera el contribuyente, aunque lo usual es hacerlo cada año junto con la declaración anual.

¿Qué productos o servicios puedo deducir?

a) Salud

  1. Pagos por honorarios médicos*: Aquí se incluyen citas médicas, servicios de enfermería, dentales, psicológicas (¡sí, la terapia se puede deducir!) y de nutrición. Estos servicios deben ser prestados por personas con título profesional legalmente expedido.
  2. Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales*. Pero ¡ojo!, no cuentan los comprobantes de farmacias.
  3. Análisis médicos o estudios clínicos*.
  4. Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o la rehabilitación de pacientes*.
  5. Prótesis*.
  6. Compra de lentes graduados para corregir efectos visuales*. Aquí se incluyen también los de contacto, siempre y cuando sirvan para lo mismo.
  7. Primas por seguros de gastos médicos*, complementarios o independientes de los servicios de salud que dan las instituciones públicas de seguridad social.

Si cuentas con IMSS, ISSSTE o algún otro servicio de este tipo que pague tu empleador, los gastos cubiertos por este ya no serían deducibles, porque ya se recuperan como trabajador.

Estos gastos pueden incluir aquellos que hagas en ti mismo, en tu cónyuge o concubino/a, tus padres, abuelos o hijos.

Checa también: Cómo empezar a ahorrar para que no se te vaya la quincena

b) Educación

  1. Colegiaturas*. Estas pueden ser en escuelas privadas con validez oficial de estudios, desde nivel preescolar hasta bachillerato/preparatoria. Estos son los montos que puedes deducir al año por persona según el nivel educativo:

– Preescolar: 14 mil 200 pesos

– Primaria: 12 mil 900 pesos

– Secundaria: 19 mil 900 pesos

– Profesional técnico: 17 mil 100 pesos

– Bachillerato/preparatoria: 24 mil 500 pesos

Cuando realices pagos en un mismo ejercicio o año fiscal, por una misma persona (tú, un cónyuge, un hijo o hija, etc), por colegiaturas de dos niveles distintos, el límite anual de deducción corresponde al monto mayor, independientemente de que se trate del nivel que concluyó o el que inició.

Para poder hacer esta deducción necesitas el comprobante de pago emitido por la escuela.

Pero aguas, porque las cuotas que pagues por inscripción o reinscripción no pueden ser deducibles. 🙁

  1. Transporte escolar*. Este sólo aplica si es obligatorio en la escuela.

* OJO: Para que puedas deducir cualquiera de estos servicios o productos, es NECESARIO que los pagues mediante cheque nominativo, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicios. Y es MUY IMPORTANTE que exijas una factura electrónica. La deducción no procede si pagas en efectivo.

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c) Otros

  1. Gastos funerarios. A nadie le gusta pensar en este tipo de escenarios, pero si lo llegas a necesitar, es bueno saber que tienes la opción. Puedes deducir gastos de tu cónyuge o concubino/a, padres, abuelos o hijos, con cualquier método de pago, pero debes contar con factura.
  2. Intereses reales y pagados por créditos hipotecarios como Infonavit, Fovissste, entre otras, para comprar tu casa o departamento.
  3. Donativos. Estos deben ser otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos. Además, no pueden ser un pago o intercambio por servicios y no pueden exceder 7% de los ingresos que recibiste el año fiscal anterior a tu donación.
  4. Este es un gran tip: las aportaciones voluntarias a tu Afore también cuentan. Exaaaacto, si andas pensando fuerte en tu futuro y das aportaciones voluntarias a tu plan de retiro, también puedes deducirlo.

Aquí te aclaramos otro par de cositas: El monto total de deducciones personales que puedes hacer (excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, así como estímulos fiscales) no puede ser mayor al 15% de tus ingresos.

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¿Tienes alguna duda?

Puedes consultar el visor de deducciones personales del SAT, el cual te permite conocer todos los conceptos que pueden ser considerados deducciones personales en tu declaración anual.

Además, si revisas con anticipación tus facturas de estos gastos, puedes checar que estas deducciones estén correctamente cargadas y clasificadas en la aplicación de DeclaraSAT.

Las facturas que no estén clasificadas se mostrarán en la sección “sin clasificación”. Allí las puedes revisar y clasificar como deducciones personales, pero debes asegurarte de que cumplan con todos los requisitos que ya te contamos.

No le temas al SAT

Si tienes alguna duda sobre las deducciones personales o cualquier asunto relacionado con tus impuestos, olvida los tabués sobre el SAT, ellos están para apoyarte y tienen muchos canales para brindarte asesoría.

Puedes sacar una cita e ir a sus oficinas, llamar a MarcaSAT 55 6272 2728, entrar a su chat en línea, consultar los tutoriales y videos en vivo de su canal de YouTube, checar sus redes sociales y escribirles a través de Facebook o Twitter.